En la pasada campaña de la Renta la progenitora debía disponer de un empleo por cuenta ajena o realizar una actividad profesional por cuenta propia. Este año también pueden optar las madres que son receptoras de prestaciones contributivas o asistenciales. La deducción máxima será de 1.200 euros.

La Ley de PGE 2023 introdujo algunos cambios con respecto a la deducción por maternidad en el IRPF (aplicable desde 2015) y amplió en qué casos sería posible beneficiarse de la misma.

La deducción de 100 euros al mes por hijo/a con un importe máximo de 1.200 euros anuales será aplicable tanto si la cuota diferencial es positiva, como si es negativa o si es cero.

Asimismo, anteriormente únicamente se podía aplicar la deducción por maternidad a mujeres que trabajasen y estuviesen dadas de alta en la Seguridad Social.

Desde enero de 2023 la situación ha cambiado y la deducción por maternidad se ha ampliado a todas las mujeres que tengan hijos/as de 0 a 3 años.

La deducción se podrá aplicar:

  • En cualquier momento posterior al nacimiento, siempre que cuenten con un mínimo de 30 días cotizados.
  • En el momento del nacimiento si la mujer percibe alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.

Otra ampliación es que aparte de los hijos naturales también van a tener derecho a la deducción los hijos adoptados, menores en acogimiento y menores en régimen de tutela.

Esto es independientemente de la edad del menor. Será de aplicación durante los 2 años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil o los 3 años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.

La deducción en el IRPF es de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo/a de 0 a 3 años.

La deducción por maternidad también se puede aplicar a:

  • Ambos progenitores si son del mismo sexo (dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes).
  • El padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre.
  • El padre o tutor cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva.

Es decir, aumentan los supuestos para acceder a la deducción por maternidad, incluyendo la compatibilidad entre el cobro de la prestación por desempleo y la deducción por maternidad.

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